REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 16 de diciembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-018273

Vista la Solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana MARBELIS KARINA RINCON LEAL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.029.572, debidamente asistida por la Abg. LISBETH L. HERNANDEZ REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 121.140, promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de las testigos, ciudadanos GERMAN SAYAS PIÑANGO y KRISTIN CAROLINA ULACIO ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.382.206 y V-17.178.808, respectivamente y cumplidas como fueron las formalidades de Ley; este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 11 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus ISMAEL ENRIQUE REYES TORREALBA, quien era titular de la cédula de identidad Nro. V-12.835.426, a su cónyuge MARBELIS KARINA RINCON LEAL, titular de la cédula de identidad V-16.029.572, y a sus hijos (SE OMITEN), de nueve (09), siete (07), y cuatro (04) años de edad, respectivamente. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias, una vez la parte solicitante consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ,

Abg. DANIA RAMIEZ CONTRERAS
EL SECRETARIO,

Abg. ALFREDO PEREIRA
DRC/AP//Henry.-