REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Nacional y Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, Primero (01) de Diciembre del año dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-014050

Vista la aceptación al cargo de Curador Ad-hoc hecha por el ciudadano GUIDO FAUSTO GEROSA REGUZZONI, de nacionalidad italiana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.096.343; esta Juez Unipersonal N° 12, del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCIERNE en la persona del ciudadano GUIDO FAUSTO GEROSA REGUZZONI, antes identificado, el Cargo de CURADOR AD-HOC, del Adolescente, de Dieciséis (16) años de edad. Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto con inserción del acta que antecede y del escrito de solicitud, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado.
La Juez,


Dra. Sara Guardia Soto La Secretaria,


Abg. Adriana Mireles

SEGS/AM/Richard.-
Motivo: Curatela
AP51-S-2008-014050