REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ___ de ____________ de 2008.
AÑOS: 198º y 149º


Por recibida y vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano SERGIO SUAREZ DARUCHE, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-2.153.576, debidamente asistido por el abogado ALI DE JESUS MARQUINA GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.917, mediante la cual solicita la rectificación de su partida de nacimiento, la cual se encuentra asentada bajo el Nº 1087, folio 45, de los Libros de Registro Civil de nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, correspondiente al año 1948, alegando que en dicha acta se incurrió en el error material de colocar el nombre y apellido de su progenitora como: NAIFE DARUCHE de SUAREZ siendo lo correcto: NEIFE DARAUCH ASMAR de SUAREZ; y, los recaudos acompañados a la misma, el Tribunal, LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el emplazamiento mediante cartel de todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la publicación y consignación a cualquiera de las horas destinadas a despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y las 3:30 p.m., a fin de que expongan lo que crean conducente con relación al presente juicio; el referido cartel deberá ser publicado en el diario “ULTIMAS NOTICIAS”. Así mismo se ordena la notificación del Fiscal del Ministerio Público, a los fines de que conozca sobre el presente juicio, acompañándosele copia certificada de la solicitud y del presente auto.- Líbrense boleta y cartel, previa consignación de los fotostatos requeridos los cuales deberán ser presentados mediante diligencia.-
La Juez,
Maria Rosa Martínez Catalán
La Secretaria,
Norka Cobis Ramírez
En esta misma fecha se libro boleta y cartel.-
La Secretaria,
Exp. N° 46091