REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
(En sede constitucional)
Años: 198º y 149º

Efectuada una revisión exhaustiva al presente expediente, este Juzgado Superior procede a formular las siguientes consideraciones:
El caso bajo análisis trata de una acción de amparo constitucional interpuesta de manera autónoma por ante este Juzgado contra la omisión de pronunciamiento por parte del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el procedimiento concursal de quiebra de la sociedad mercantil SEGUROS CAPITAL, C.A., expediente Nº 16.972 (nomenclatura del indicado juzgado).
Mediante decisión N° 1307 de fecha 22 de junio de 2005, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, estableció que las acciones de amparo constitucional no estaban sometidas al régimen de consulta legal, criterio que es aplicable al presente caso.
En fecha 15 de marzo de 2007 este Juzgado Superior dentro del lapso de ley, declaró inadmisible la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano HENRY SEGUNDO FLORES TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.368.952, asistido por la abogada MARÍA AUXILIADORA SIFONTES LARES, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 45.125, contra la omisión de pronunciamiento por parte del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, por haber cesado la presunta lesión, en virtud de que el órgano judicial ya mencionado se pronunció sobre el pago de los emolumentos reclamados por el aquí accionante.
Ahora bien, habiendo concluido cualquier actuación en este caso, no hay motivo alguno para que el presente expediente permanezca en esta alzada, imponiéndose la necesidad de su remisión al tribunal de primera instancia donde se encuentra el juicio principal, a los fines de que sea agregado como pieza separada. En consecuencia, este Juzgado Superior Segundo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la remisión del presente expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano HENRY SEGUNDO FLORES TOVAR asistido por la abogada MARÍA AUXILIADORA SIFONTES LARES, contra la omisión de pronunciamiento por parte del JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los fines de que el mencionado órgano judicial lo incorpore como pieza separada en el expediente donde se sustancia el procedimiento principal de quiebra de la sociedad mercantil SEGUROS CAPITAL, C.A., expediente Nº 16.972 (nomenclatura del señalado Tribunal). Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE


Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en sede constitucional. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación. En la ciudad de Caracas, a los doce (12) días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008).
EL JUEZ,


ARTURO MARTÍNEZ JIMÉNEZ
LA SECRETARIA,


Abg. MILAGROS CALL FIGUERA

En esta misma data, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), se publicó, registró y agregó al presente expediente la anterior decisión, constante de dos (02) folios útiles. Asímismo se libró oficio N° 377-08 al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

LA SECRETARIA,


Abg. MILAGROS CALL FIGUERA

Expediente N° 07-9917
AMJ/MCF/eg