REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZCADO DEL MUNICIPIO ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
197° y 148°

Araure, 30 de Enero de 2008


Vista la diligencia anterior suscrita por el Apoderado Actor, Abogado MIGUEL RODRÍGUEZ FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad N° 4.199.827, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.016, en la cual manifiesta que la parte demandada ciudadano ENRIQUE DE JESUS AVILA MEJIAS, hizo entrega en forma voluntaria del inmueble arrendado completamente desocupado, libre de personas y cosas, así mismo solicita al Tribunal se de por terminada la presente causa y se ordene el archivo del expediente.
En tal virtud, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, da por terminado el presente juicio signado bajo el número 3595-007, y se ordene su archivo. Y Así Se Declara.
Publíquese y regístrese.
Háganse las anotaciones estadísticas correspondientes y remítase a la División de Archivo Judicial Regional, en su debida oportunidad. Y Así Se Decide.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a los treinta días del mes de Enero de Dos Mil Ocho. Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.

La Juez Titular,

Abg. ANGELA M. SOSA RUIZ

El Secretario Temporal,

Abg. OMAR PEROZA G.

Publicada en su fecha, siendo las 12:00 m. Conste.-
(Scrio.Temp.)


Expediente N° 3595-007.
ASR/edlr.