REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 02
Guanare, 14 de enero de 2008
197º y 148º




Vista la exposición realizada en esta misma fecha por el ciudadano JOSE BAUDILIO COLMENARES MORILLO, venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 15.139.663, sobre el ejercicio de la GUARDA en beneficio los niños ******************** y **************************, de 5 y 3 años de edad respectivamente, la cual será ejecutada por la ciudadana ANNY SINAIR COLMENARES ISAGUIRRES y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,



Abog. Pastora Peña Garcías.

La Secretaria,


Abog. Florbelia Josefina Urquiola Corona.
Liliana B.-
Exp. Civil Nº 8868