REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS.
CORTE DE APELACIONES
SALA 2
Caracas, 28 de Enero de 2.009
198 y 149º
PONENTE: OSWALDO REYES CAMACHO
EXPEDIENTE Nº 02671
Corresponde a esta Sala decidir sobre la admisibilidad del Recurso de Apelación intentado por los abogados: GREGORIO FINAMORE y ERAZIA CAMMARATA, en su carácter de defensores del ciudadano: HENRY ALEXANDER GIMÉNEZ HERNÁNDEZ contra la Sentencia de fecha 9 de Diciembre de 2.008, emanada del JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual CONDENÓ al prenombrado acusado por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 407 en relación con el artículo 426 del Código Penal reformado y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 282 ejusdem y a las penas accesorias conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del Código Sustantivo Penal.
DE LA ADMISIBILIDAD
El Recurso de Apelación, fue ejercido por quien tiene legitimidad para hacerlo, con sustento jurídico en los numerales 2º y 4º del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, dentro del lapso previsto en el artículo 453 ejusdem, de acuerdo al cómputo cursante al folio 30 de la quinta pieza de estas actuaciones y sin causal de inadmisibilidad alguna de las enumeradas en el artículo 437 ibídem, por lo que se ADMITE y ASÍ SE DECLARA.
A los fines de dar cumplimiento con la Audiencia prevista en los artículos 455 y 456 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija oportunidad para el día 5 de Febrero de 2.009 a las once de la mañana (11:00 a.m.) en la sede de este Tribunal Colegiado.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación intentado por los abogados: GREGORIO FINAMORE y ERAZIA CAMMARATA, en su carácter de defensores del ciudadano: HENRY ALEXANDER GIMÉNEZ HERNÁNDEZ contra la Sentencia de fecha 9 de Diciembre de 2.008, emanada del JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual CONDENÓ al prenombrado acusado por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 407 en relación con el artículo 426 del Código Penal reformado y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 282 ejusdem y a las penas accesorias conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del Código Sustantivo Penal.
SEGUNDO: FIJA para el día 5 de Febrero de 2.009 a las once de la mañana (11:00 a.m.) en la sede de este Tribunal Colegiado, la Audiencia prevista en los artículos 455 y 456 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y notifíquese a las partes.
LA JUEZ TITULAR PRESIDENTE,
ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
EL JUEZ TITULAR, LA JUEZ PROVISORIA,
OSWALDO REYES CAMACHO BELKIS ALIDA GARCÍA
PONENTE
LA SECRETARIA,
MARIBEL SOTO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA,
MARIBEL SOTO
Exp. Nº. 2671