REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, catorce (14) de enero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ASUNTO: AP21-L-2007-003479

Vista la Transacción celebrada en fecha ocho (08) de enero de 2008, entre la parte actora, ciudadana BLANCA BELEN CRISTINA PALIS BRACHOI, representada por el abogado CARLOS URBINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el N° 83.863, y el apoderado judicial de la parte demandada REVISTAS EL PRODUCTO, C.A., GRUPO EDITORIAL PRODUCTO, C.A., EDITORIAL PRONEGOCIOS, C.A. y REVISTA DINERO, C.A abogado ANDRES TROCONIS, inscrito en Instituto de Previsión Social bajo el N° 26.779, mediante la cual, el apoderado de la parte demandada hace entrega de un cheque librado contra el Banco de Venezuela, n° 43004307, por la cantidad de Ochenta y Ocho Mil Bolívares Fuertes Con Cero Céntimos (Bs. F. 88.000,00), este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 y 10 de su Reglamento en consecuencia, HOMOLOGA DICHA TRANSACCIÓN, en todos y cada uno de los términos en que fue expuesta.
Asimismo, por todo lo antes expuesto, se da por terminada la presente causa y se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente. Se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas, de conformidad con el numeral 3ro del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-Cúmplase.-

El Juez

Abg. José Francisco González
La Secretaria

Abg. Julisbeth Castillo