REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de enero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ACTA DE DESISTIMIENTO
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-005043
PARTE ACTORA: JIMMY ENRIQUE LESMA OROPEZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA CORREA Y OTROS
PARTE DEMANDADA: IMOPTIK IMPORTACIONES OPTICAS SRL
REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEMANDADA: FERNANDO PEREIRA DOS SANTOS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy siete (07) de enero de dos mil ocho (2008), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora JIMMY ENRIQUE LESMA OROPEZA no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, compareciendo solo la parte demandada IMOPTIK IMPORTACIONES OPTICAS SRL a través de su representante legal ciudadano FERNANDO PEREIRA DOS SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.010.278, carácter que consta de los estatutos sociales de la empresa de los cuales se presenta copia simple que se agrega a los autos a los fines legales consiguientes, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con la excepción establecida en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.
La Jueza Titular
La Secretaria
Abg. Judith González
Abg. Peggy Hernandez
El Representante legal de la demandada
En este misma fecha se público y registro la presente decisión
La Secretaria
Abg. Peggy Hernandez
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