REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (08) de enero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º

ASUNTO : AP21-L-2007-002679

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 19 de diciembre de 2007, por el abogado en ejercicio JESUS DANIEL PEREZ MARTINEZ inscrito en el IPSA bajo el N° 32.816 y en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, el abogado en ejercicio MIGUEL JOSE APARCEDO, inscrito en el IPSA bajo el N° 88.415, plenamente identificados en autos, con ocasión a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoare el ciudadano WILLIAM JOSE MANDRY LLOVERA contra la empresa INVERSIONES BELFORT 2025, C.A. y las codemandadas ANGEL BELFORT Y OLIVIA MORILLO DE BELFORT, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente. Cúmplase con lo ordenado.


La Juez

La Secretaria

Abg. Geraldine Eugenne Louis Nuñez


Abg. Adriana Bigott