REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Juez Unipersonal Nº 6 Sala de Juicio
147° y 196°

Asunto: AP51-S-2006-019832
Motivo: Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio.
Partes: ALICE GUADALUPE LAMB USECHE y VICTOR AUGUSTO ANSELMI ALTUVE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.021.377 y V- 14.227.934, respectivamente.
Abogada Asistente: LOURDES GABRIELA FREIRE PIETRAFESA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.669
Niño: “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”


Se da inicio a la presente causa por solicitud de separación de cuerpos, presentada en fecha treinta y uno (31) de Octubre de 1.996, por ante la sala numero 6 del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos ALICE GUADALUPE LAMB USECHE y VICTOR AUGUSTO ANSELMI ALTUVE, previamente identificados, asistidos por el Abogado LOURDES GABRIELA FREIRE PIETRAFESA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73669.
Admitiéndose en fecha diecisiete (17) de Noviembre de 1.996, la presente solicitud y de conformidad con lo establecido en el artículo 189 y 190 del Código Civil; decretándose la Separación de Cuerpos y Bienes solicitada por los cónyuges. Posteriormente, en fecha diecinueve (19) de Diciembre de 2007 comparecieron los ciudadanos ALICE GUADALUPE LAMB USECHE y VICTOR AUGUSTO ANSELMI ALTUVE, plenamente identificado, y mediante diligencia solicitó la conversión de separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio,
Ahora bien, visto que ha transcurrido mas de un año desde que se decreto la separación de cuerpos y bienes de los ciudadanos ALICE GUADALUPE LAMB USECHE y VICTOR AUGUSTO ANSELMI ALTUVE, previamente identificados; y los mismos no manifestaron que durante ese lapso hubo reconciliación entre ellos, esta Sala de Juicio; en atención a dicha solicitud de conversión, de los cónyuges antes identificados y por cuanto los supuestos antes explanados se encuentran contemplados en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, este JUEZ UNIPERSONAL Nº 6 DE LA SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar la presente Conversión de la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ALICE GUADALUPE LAMB USECHE y VICTOR AUGUSTO ANSELMI ALTUVE previamente identificados, contraído en fecha once (11) de Septiembre de 2004, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda, según Acta Nº 330, inserta ante el Prefecto del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, año 2006, de los Libros de Matrimonio llevados por ese despacho.
En cuanto al niño “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”, habido del matrimonio, esta Sala de Juicio homologa el acuerdo suscrito por las partes, en relación a la Obligación Alimentaría, Guarda, Patria Potestad y Régimen de visitas.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la SALA DE JUICIO N ° 6 DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los catorce (14) días del mes de Enero de 2008. Año 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
EL JUEZ

JOSÉ ANGEL RODRÍGUEZ REYES
LA SECRETARIA

LIGIA CHALBAUD
En esta misma fecha, en horas de despacho, previo anuncio de Ley, se registro y publico la anterior sentencia.
LA SECRETARIA

LIGIA CHALBAUD
ASUNTO: AP51-S-2006-019832