REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 7
Caracas, 28 de enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO : AP51-S-2008-001013


Vistas y analizadas las actas procesales que conforman el presente expediente y visto igualmente la diligencia de fecha 24/01/2008., suscrita por el ciudadano DANIEL ALEJANDRO BEDOYA ALVAREZ, y lo en ella solicitado; se acuerda de conformidad. En consecuencia y por cuanto el mencionado ciudadano, ha alcanzado su mayoría de edad, tal y como se puede evidenciar de la partida de nacimiento que corre inserta al folio quince (15 ) del presente expediente; esta Jueza Unipersonal N° 7, de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Autoriza Suficientemente al prenombrado joven, para que movilice o retire la totalidad de la suma que se encuentra depositada en la cuenta de ahorros N° 01080031530200005332 abierta en el Banco Provincial, a favor del mismo. A tal efecto líbrese oficio a la Oficina de Control y Consignaciones, comunicándole lo acordado. Por último, se ordena el cierre y archivo del presente asunto.- Cúmplase.-
La Juez

El Secretario

Abg. Aimar Valencia
Abg. Luis Beltran Silva