REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Juez unipersonal, Sala de Juicio Nº 9
Caracas, diecisiete (17) de enero de dos mil ocho(2008)
197º y 148º
ASUNTO: AP51-S-2008-000178
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 9 de Enero de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por el ciudadano CARLOS MANZANO, en su carácter de Defensor Público Octavo Suplente, en el cual remite convenio de Obligación Alimentaria celebrado por los ciudadanos JOSE FRANCISCO PERNIA PAREDES y ANA MARIA MENDEZ PEREIRA , venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V.-8.081.530 y V.-5.577.231, respectivamente, en beneficio de las Adolescentes (...) años de edad, respectivamente, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha nueve (9) de Enero de 2008, lo relativo a la Obligación Alimentaria de las adolescentes antes mencionado.