REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Juez Unipersonal, Sala de Juicio Nº 9
Caracas, veintidós (22) de enero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ASUNTO: AP51-S-2008-000456
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 15 de Enero de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana GRACIELA AGUILAR, en su carácter de Fiscal Centésima del Ministerio Público, con competencia en Protección Civil y Familia del Área Metropolitana de Caracas, en el cual remite convenio de OBLIGACION DE MANUTENCION celebrado por los ciudadanos JUANA VIRGINIA ALVAREZ SOTO y RICHARD ANTONIO REYES TUDARES , venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V.-14.035.838 y V.-13.023.535, respectivamente, en resguardo y benéfico de la niña STEFANIA (...) años de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha veintiuno (21) de Diciembre de 2007, lo relativo a la Obligación de Manutención de la niña antes mencionada.