REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Juez unipersonal, Sala de Juicio Nº 9
Caracas, veintiocho (28) de enero de dos mil ocho (2008)
197º y 148°
ASUNTO: AP51-S-2008-000507
Por recibido el presente asunto proveniente del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el convenio de Régimen de Convivencia Familiar celebrado por los ciudadanos ALI NEOMAR MEJIAS FARFAN y IDELMAR ALEXANDRA TERAN CHACON, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 15.680.639 y V.- 16.003.823, respectivamente, en beneficio del niño (...) meses de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha dos (02) de Octubre de 2007, lo relativo al Régimen de Convivencia Familiar del niño ante mencionado.