Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas veintidós de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: AP51-V-2002-000710.
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, este Tribunal en vista de la comunicación emanada de la Dra. CARMEN DE ABREU, en su carácter de Consultora Jurídica de la Fundación de Acción Social de la Alcaldía Metropolitana del Municipio Libertador, en la cual solicitó que el adolescente XXX, de quince (15) años de edad, fuese ingresado a la Entidad de Atención “Iliana y Tito I”, acuerda la derivación del mencionado adolescente de la Entidad de Atención “Iliana y Tito IV” a la Entidad de Atención “Iliana y Tito I”, institución ésta al cual se ordena su ingreso. Asimismo, se acuerda oficiar a la Directora de la Entidad de Atención “Iliana y Tito IV”, y al Director de la Entidad de Atención “Iliana y Tito I”, a los fines de comunicarles la presente decisión. En tal sentido, la Entidad de Atención “Iliana y Tito I”, ejercerá la Guarda (hoy responsabilidad de crianza) del adolescente XXX, en los términos establecidos en el artículo 358 ejusdem. Así se decide. Líbrense oficios.
LA JUEZ,
SARA GUARDIA SOTO. LA SECRETARIA,
ADRIANA MIRELES
|