REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CAPITAL. Caracas, catorce (14) de enero de dos mil ocho (2008).


197° y 148°

Vista la transacción celebrada entre el INSTITUTO DE VIVIENDA Y HÁBITAT DEL ESTADO MIRANDA (INVIHAMI), parte demandada, representado por el abogado CARLOS DE JESÚS CABEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.847, y el ciudadano JARAMILLO D. FIDEL E., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.049.993, asistido por el abogado en ejercicio GUSTAVO JOSÉ RUÍZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.978, el Tribunal le imparte su homologación de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.
EL JUEZ TEMPORAL,


LA SECRETARIA,

Remítanse en su oportunidad, bajo Oficio, los expedientes judicial y administrativo a las Oficinas respectivas.
LA SECRETARIA,
















Exp. N° 005024
CAMR/jaml