REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, diecisiete (17) de enero de dos mil ocho (2008).

197° y 148°

Vista la demanda interpuesta por el abogado ENRIQUE PÉREZ BERMÚDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.812, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RICHARD HIDALGO PASTRANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 12.740.404, contra la Orden Administrativa del Comandante General de la Guardia Nacional N° GN-9656 de fecha 05 de noviembre de 2007, y revisados como han sido los requisitos de admisibilidad previstos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
EL JUEZ TEMPORAL


LA SECRETARIA,










Exp. No. 005985.
CAMR/desy