REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, veintiuno (21) de enero de dos mil ocho (2008).
197º y 148º

Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley de Estatuto de la Función Pública. Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la querella interpuesta por el abogado MANUEL ASSAD BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.580 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JESÚS ALFREDO CASTRO TRUJILLO, portador de la cédula de identidad N° 3.157.237, contra el acto administrativo contenido en el oficio N° 259, de fecha 26 de junio de 2007, emanado de la Directora de Recursos Humanos de la Secretaria de Salud de la Alcaldía Mayor, acto que tiene relación con el oficio 1138, de fecha 21 de mayo de 2007, emanado del Director de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Salud.
EL JUEZ

JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
EL SECRETARIO


CARLOS B. FERMÍN P.

EXP.07-2040/annd.-