JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, de enero de 2008.-
Años: 197º y 148º
Vista la diligencia suscrita por la abogada Ilva López, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 12.282, apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se pronuncie sobre fianza presentada por ciudadano Héctor Eduardo Rivas Nieto, titular de la cédula de identidad Nro 3.184.707, administrador gerente de la sociedad de comercio Inversiones DER C. A., (INVERDECA), otorgada por su representada sociedad de comercio Inversiones DER C. A., (INVERDECA), por la cantidad de cuarenta y dos millones quinientos veinticinco mil bolívares (Bs. 42.500.000,00) este juzgado luego de un detenido y cuidadoso análisis del contrato de fianza, el cual aparece de forma precisa y categórica, y en virtud de que el mismo cumple con las exigencias previstas en el artículo 1.804, y siguientes de Código Civil, encuentra este juzgado que el mismo es perfectamente válido, en consecuencia, se admite dicho contrato de fianza, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Venta con Reserva de Dominio, DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO , sobre el siguiente bien:

“vehículo, Marca: Ford; Tipo: Chasis; Año: 2.001; Modelo: Carga. Año: 2007; Color: Blanco; Serial de Carrocería: 8YTV2UHG478A11665; Serial del Motor: 302245512; Placa: 19AJAG.”.-

Para la práctica de la medida aquí decretada, previamente se ordena librar oficio a la Dirección General Sectorial de Tránsito Terrestre adscrita al Ministerio de Infraestructura a fines de que detenga el vehículo antes identificado y ponga a disposición de este Juzgado.- Líbrese oficio.-
La Juez
La Secretaria
Maria Rosa Martínez Catalán
Norka Cobis Ramírez


En esta misma fecha se libró oficio Nro
La Secretaria