República Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.


SOLICITANTE: Coral Margarita Sánchez Saladrigas, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-5.305.277.

ABOGADA ASISTENTE: Dra. Maria del Rosio Alonso González, Inscrito en el inpreabogado bajo el No. 43.914.-

MOTIVO: Rectificación de Acta de Defunción.

EXPEDIENTE: S-07-1566.

Vista la anterior solicitud de Rectificación de Acta de Defunción presentada por la ciudadana Coral Margarita Sánchez Saladrigas, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-5.305.277, actuando en representación de su Padre el ciudadano Amador Sánchez Huerta, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-989.548, asistida en esta acto por la Dra. Maria del Rosio Alonso González, Inscrito en el inpreabogado bajo el No. 43.914, mediante la cual solicita la Rectificación del acta de Defunción de la ciudadana Coloma Saladrigas de Sánchez, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador, Distrito Capital, en fecha Tres (03) de Diciembre de mil novecientos setenta y tres (1973), alegando que en ella se colocó erróneamente: el primer nombre de su padre y el segundo apellido del mismo. Para sus efectos probatorios acompañó a la solicitud, acta de nacimiento y copia de la cedula de identidad del ciudadano Amador Sánchez Huerta, acta de Defunción de la ciudadana Coloma Saladrigas donde se evidencia el error cometido y copia de la cedula de identidad de la ciudadana Coral Margarita Sánchez Saladrigas. Probado como ha sido lo alegado y visto el error cometido, que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación, se procede a tramitarlo meramente, en tal sentido este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION consignada y donde aparezca “AMADO SANCHEZ HORTA” debe leerse “AMADOR SANCHEZ HUERTA”; quedando así rectificada el acta de nacimiento consignada. En consecuencia, líbrese Oficio acompañado de Copias Certificadas del escrito de Solicitud y de la presente providencia, a la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital y a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo Municipio Libertador del Distrito Capital a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 773 y 774 ambos del Código de Procedimiento Civil, .-

Publíquese, Regístrese y déjese copia.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, Diez (10) de Enero de Dos Mil Ocho (2008).- AÑOS: 197° de la Independencia y 148º de la Federación.-
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte.

La Secretaria Acc.,


Abg. Gabriela Yoris de Herrera.

En esta misma fecha siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.) se registró y publicó la anterior providencia.-

La Secretaria Acc.,


Abg. Gabriela Yoris de Herrera.

CSD/GYDH/yurman
Exp. S-07-1566.