REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 17 de Enero de 2008.
197º y 148º


Promovidos y evacuados como ha sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho y declara las presentes actuaciones HEREDERA UNIVERSAL DE LA DIFUNTA ciudadana EMILIA JOSEFINA AGUIAR CABRITA, quien en vida era titular de la cédula de identidad No. V-9.320.759, a favor de la ciudadana CLARA ALCIRA CABRITA HENANDEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-2.620.546, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,
EL SECRETARIO,
Dr. JUAN CARLOS VARELA.
JOSE OMAR GONZALEZ.
EXP. S-6772.
JCV/JOG/RB.-