REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, ____________

Sentencia Definitiva
Expediente N° S-8029

PARTE SOLICITANTE: YONAIRO SILVA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL: ALICIA VARGAS, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.462

Conoce este tribunal de la solicitud, incoada por el ciudadano YONAIRO SILVA, arriba identificado, debidamente asistido en este acto por el abogada en ejercicio ALICIA VARGAS, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 21.462, donde solicita su Inserción de Partida de Nacimiento en los libros de Registro Civil de Nacimiento respectivo.
Alega el solicitante que nació en Caracas, Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital el día 9 de Julio de 1981, siendo hijo de NORA SILVA y, no habiendo sido presentada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, quien hace constar que no aparece inserta su Partida de Nacimiento en los Libros de Registro Civil de Nacimiento que le corresponde, según se evidencia de las Constancias negativas expedidas por el Oficina Principal de Registro Publico y de la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan Municipio Libertador del Distrito Capital. Así mismo consignó el original de la Constancia de Nacimiento, como las respectivas constancias expedidas por la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital, así como la de la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador, las cuales expresan que el solicitante no se encuentra registrado por ante esas Oficinas, así como las constancias del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, División de Lofoscopia y Tarjeta de Nacimiento expedida por el Servicio Autónomo “Maternidad Concepción Palacios”.
Por auto de fecha 18 de Septiembre del 2.006, este Tribunal admite la presente solicitud, y ordena oficiar al Fiscal del Ministerio Público a fin de notificarlo del presente procedimiento. Asimismo, se ordeno la publicación de un Edicto en el diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin de que hicieran parte en el presente procedimiento; el cual se libró en esa misma fecha; de igual manera se ordenó abrir una articulación probatoria de diez (10) días a los fines de que la parte interesada acredite las probanzas que considere pertinente en apoyo a su solicitud, conforme a las previsiones contenidas en los artículos 770 y 773 del Código de Procedimiento Civil.
Por medio de diligencia de fecha 20 de Octubre de 2.006, compareció por ante este juzgado el ciudadano YONAIRO SILVA, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio ALICIA VARGAS MARCANO, dejando expresa constancia de haber retirado el Edicto para ser publicado. Asimismo, en fecha 17 de Noviembre 2.00, diligenció la mencionada ciudadana con asistencia gratuita de la abogada supra identificada, dejando expresa constancia de haber publicado el Edicto y consignó la página del periódico El Universal contentivo de la publicación.
En fecha veinticinco (25) de enero de 2.007, se libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público, el cual fue notificado por la Alguacil en fecha 30 de marzo de 2.007.
Por medio de diligencia de fecha 18 de Diciembre de 2.007, compareció por ante este Juzgado la ciudadana JUANITA HERNÁNDEZ de ALONZO Fiscal Centésima Décima del Ministerio Público con competencia en Protección Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual manifestó que se estaban cumpliendo con lo establecido en la norma.
Encontrándose este Tribunal para decidir al respecto observa:
Cumplidas como han sido todos los tramites relativos al presente procedimiento de Inserción de Partida de Nacimiento, este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 769 y 772 del Código de Procedimiento Civil, y visto que no hubo oposición al presente procedimiento de Inserción de Partida y como quiera que los elementos probatorios aportados se desprende que el ciudadano YONAIRO SILVA, suficientemente identificado, de sexo masculino, nació en la Maternidad Concepción Palacios, a las tres y cuarenta y cinco de la tarde (03:45 p.m.), el día Nueve (09) de Julio de 1.981, que el nombre de su madre es NORA SILVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 3.673.209, este Juzgado ordena la INSERCIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano YONAIRO SILVA, en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por ante la Jefatura Civil de La Parroquia San Juan Municipio libertador del Distrito Capital, a cuyos fines se ordena librar oficio remitiendo copia certificada de la Solicitud y de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión en los copiadores de sentencia de este Juzgado. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ____________. Años 197° y 148°.
EL JUEZ



Dr. LUIS TOMÁS LEÓN SANDOVAL
EL SECRETARIO



MUNIR SOUKI
En esta misma fecha se solicitan los fotostatos respectivos para proveer y, previo el anuncio de Ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo las dos de la tarde (02:00 pm.).
EL SECRETARIO



MUNIR SOUKI
Exp. N° S-8029
LTLS/MS/LM9.-