REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de treinta (30) de Enero de dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas CELSA DIAZ VILLARROEL y su Secretario JESUS ALBERTO RAMOS, en compañía del Apoderado Judicial de la parte actora Doctor PABLO MAURO VASQUEZ MIJARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 7.533; y de los auxiliares de justicia designados por este Tribunal Comisionado como Depositaria Judicial a la firma La R. C., C. A., en la persona de su representante legal CARLOS D’ASCOLI, titular de la cédula de identidad Número 6.910.950 y Perito Avaluador REYES RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Número 3.569.600; ambos auxiliares de justicia aceptaron los cargos recaídos en sus personas y juraron cumplir bien y fielmente con los deberes y obligaciones inherentes a los mismos, tal y como consta en el Libro de Actas que a tal efecto lleva este Despacho; en la siguiente dirección: Apartamento Número 2, ubicado en la Planta 2, del Edificio Llaguno II, ubicado en la Esquina de Llaguno, ángulo Sur-Este formado por la intersección de la Calle Oeste Uno, (hoy) Avenida Urdaneta, y la Calle Norte seis (Avenida Baralt) de la Parroquia Catedral, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital; con la finalidad de practicar la ENTREGA MATERIAL decretada por el JUZGADO DECIMO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue SIMON TACHE Contra RORY ELIZABETH SIACHOKE. El Tribunal deja expresa constancia que se encuentra acompañado por una comisión de la Policía Metropolitana a cargo del Sargento Segundo 4087 ANTONIO BELLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 6.229.735, adscrito a la División de Orden Público de la Comandancia General de la Policía Metropolitana. Seguidamente la Juez dio los toques de Ley a las puertas del inmueble, respondiendo al llamado judicial una persona quien dijo ser y llamarse ROSA ELMIRA SIACHOKE YAÑEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 10.821.826, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó que la señora Rory Elizabeth estaba trabajando, que Rory Elizabeth era su hija, que la llamaría, que esto estaba en un Tribunal, que no la podían sacar. Presente igualmente una persona quien dijo ser y llamarse SHEILA VANNESA BARRETO SIACHOKE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 19.507.966, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó ser hija de la señora Rory, que ya su mamá venía, que ella tenía un Recurso de Amparo en los Tribunales. De seguidas se hace presente una persona quien dijo ser y llamarse NELMAR DE LOS ANGELES URIBE OROPEZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 17.389.622, a quien a Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó ser sobrina de la señora Rory. En este estado, siendo las 10:00 de la mañana, se hace presente una persona quien dijo ser y llamarse RORY ELIZABETH SIACHOKE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 6.326.438, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó que ella había metido un Amparo en Tribunales, que el día de mañana era la audiencia, que el señor Simón que había dicho que le iba a vender y ahora dice que no le vende, que ella no tenía para donde irse, que ya había llamado a su Abogado ya venía, que el Señor Tache no le quería devolver sus Veinte Millones de Bolívares. En este estado el Apoderado Judicial de la parte actora Doctor Pablo Mauro Vásquez Mijares, expone: Solicito al Tribunal practique la Entrega Material que le ha sido encomendada y por cuanto existen bienes muebles en el interior del inmueble pido acuerde el depósito necesario de los mismos previo su inventario, es todo. De seguidas sale de una de las habitaciones ubicada en la cocina del inmueble una persona quien dijo ser y llamarse JOSE ORLANDO RIVAS BLANCO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 10.345.877. El Tribunal deja constancia que el ciudadano José Orlando Rivas Blanco, antes identificado, se encerró en la habitación y le manifestó a los funcionarios policiales que se encuentran acompañando a este Tribunal que no saldría de la habitación y que del apartamento no lo sacaba nadie. En este estado se hace presente un ciudadano quien dijo ser y llamarse SIMON TACHE CAMHAJI, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 3.254.856, parte actora en el presente juicio. El Tribunal vista la solicitud que antecede, formulada por la representación judicial de la parte actora, acuerda el depósito necesario de los siguientes bienes muebles: 1.- . En este estado, siendo las 10:30 de la mañana, se hace presente una persona quien dijo ser y llamarse BENIGNO BUITRIAGO PINEDA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 1.551.212, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó ser Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 6.369. El Tribunal deja expresa constancia que el Doctor Benigno Buitriago Pineda siendo las 10:45 de la mañana se ausenta de este acto y manifestó que iba al Tribunal. En este estado la notificada ciudadana Rory Elizabeth Siachoke, antes identificada, expone: Solicito al Tribunal me autorice a trasladar por mi propia cuenta y riesgo todos mis bienes muebles a la siguiente dirección: Terraza de este mismo Edificio Llaguno II, relevando de toda responsabilidad en el manejo de los mismos tanto a este Tribunal como a sus auxiliares de justicia, es todo. El Tribunal vista la solicitud que antecede formulada por la notificada ciudadana Rory Elizabeth Siachoke, le autoriza a trasladar por su propia cuenta y riesgo todos sus bienes muebles que se encuentran en este inmueble a la dirección por ella indicada. El Tribunal deja expresa constancia que siendo las 11:25 de la mañana se retira de este acto el ciudadano Simón Tache Camhaji, ya identificado. El Tribunal a señalamiento del Apoderado Judicial de la parte actora y dando cumplimiento a la comisión encomendada hace Entrega Material del siguiente bien: “Inmueble Número 2, ubicado en la Planta 2, del Edificio Llaguno II, ubicado en la Esquina Llaguno, ángulo Sur-Este formado por a intersección de la Calle Oeste Uno (hoy) Avenida Urdaneta y la Calle Norte Seis (Avenida Baralt) de la Parroquia Catedral de esta Ciudad de Caracas”; y lo pone en posesión totalmente libre de personas, bienes, joyas, dinero, títulos valores, de la parte actora representada en este acto por su Apoderado Judicial Doctor Pablo Mauro Vásquez Mijares, quien estando presente lo recibe conforme para su representado. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. El Tribunal ordena expedir por Secretaría copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tal efecto lleva este Despacho. El Tribunal, siendo las 3:05 de la tarde, da por terminada la presente actuación, ordena el regreso a su sede y deja constancia que la misma generó emolumentos para el representante de la Depositaria Judicial, Perito Avaluador y transporte. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ,

CELSA DIAZ VILLARROEL.

LOS NOTIFICADOS,






LA PARTE DEMANDADA,


EL APODERADO ACTOR,


LA DEPOSITARIA,


EL PERITO AVALUADOR,


EL SARGENTO SEGUNDO DE LA
POLICIA METROPOLITANA,





EL SECRETARIO,

JESUS ALBERTO RAMOS