REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Ventiocho (28) de Enero del año dos mil ocho (2008), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Aurimar Flores Madera, del Apoderado Judicial de Parte Actora, Abogado JOSE GREGORIO QUINTERO MARTINEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 70.412; en la siguiente dirección: Apartamento distinguido con el N° 16, que forma parte del Edificio GIANNI, situado en la Avenida Newton, Urbanización Colinas de Bello Monte en Jurisdicción del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda de ésta Ciudad de Caracas; a objeto de practicar la medida de Secuestro, decretada y ordenada por el Juzgado Décimo Tercero de Municipio de ésta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, sigue GIOVANNI MONTANO DE CAPITE, contra YASENIA YAMILETH AREVALO LINAREZ, expediente N° AP31-V.2007-002553.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado el Tribunal procedió a dar los torques de ley siendo atendido su llamado por la ciudadana: GENESIS ESCALONA, Venezolana, mayor de edad, e identificada con la cédula de Identidad N° 18. 314.527, quien notificada de la misión del Tribunal manifestó ser la sobrina de la Sra. YASENIA AREVALO, y ocupar el inmueble junto con ella, asimismo manifestó que se comunicó con ella vía telefónica y se haría presente en este acto.- En este estado se hace presente en el acto el ciudadano OBDULIO PITA FAJARDO, identificado con la cédula de Identidad N° 14.205.692, quien notificado de la misión del Tribunal manifestó ser esposo de la ciudadana YASENIA AREVALO, y ocupar el inmueble conjuntamente con su hijo de un año de edad y sobrinas, Igualmente se notifico de su misión al Abogado LEOPOLDO PITA MARTINEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 127.826, quien asiste en este acto al ciudadano OBDULIO PITA FAJARDO.- Acto seguido el ciudadano: OBDULIO PITA FAJARDO, manifestó que todas sus pertenencias y demás bienes muebles que posee dentro del apartamento, los trasladaría bajo su riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección: Avenida Principal de Ruiz Pineda, bloque 2, entrada 3, piso 1, apartamento 102, UD7, Caricuao.- Igualmente se hizo presente la Abogada MARINA DEL VALLE SUAREZ MORONTA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 69.254.-Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara Secuestrado el Apartamento distinguido con el N° 16, que forma parte del Edificio GIANNI, situado en la Avenida Newton, Urbanización Colinas de Bello Monte en Jurisdicción del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda de ésta Ciudad de Caracas; y
lo coloca en posesión de la Parte Actora en la persona de su Apoderado Judicial, Abogado JOSE GREGORIO QUINTERO, antes identificado, Depositario del inmueble designado por el Tribunal Comitente, quien acepto el cargo en este acto y prestó juramento de ley; tomando posesión del inmueble en nombre de su representado.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto siendo las (3:00 pm).- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TITULAR
EL NOTIFICADO
LOS ABOGADOS PRESENTES
EL APODERADO ACTOR
LA SECRETARIA
EXP 1833-08