REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA UNIPERSONAL N° 02
Guanare, 18 de febrero de 2008
197º y 148º
Vista la solicitud formulada por la ciudadana: MARÍA ELENA LÓPEZ PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.369.175, residenciada en la Urbanización Fermín Toro, calle 02, esquina avenida 03, Guanare estado Portuguesa, madre de los niños ……………., ……………… y ……………………, de cinco (05), siete (07) y once (11) años de edad, respectivamente, debidamente asistida por el Abogado ALBERTO SERRANO MORENO, Defensor Público (S) Primero para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, para que este Tribunal emita autorización judicial para cobrar dinero en nombre de sus hijos, por concepto de Ahorros que tenía el causante DOUGLAS ARMENIO ROJAS, en la Institución Bancaria BANESCO, por la cantidad de Bs. 3.091, 43, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y apareciendo evidente que los niños tienen la cualidad que se les señala, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana: MARÍA ELENA LÓPEZ PINEDA, identificada anteriormente, para que gestione el pago de la cantidad de dinero arriba señalada, por el antes expresado concepto. Asimismo se acuerda la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de los hermanos ROJAS LÓPEZ, cuando conste en autos el cheque emitido a nombre de los referidos hermanos. Expídanse por Secretaria tres copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías.
La Secretaria,
Abg. Florbelia Urquiola Corona.
Sol. N° 1944
PPG/FUC/Leomary*
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