REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 27 de Febrero de 2008
197° y 148°
Visto el auto de ejecución practicado por este Despacho en fecha 27 de Marzo de 2000 cursante a los folios 231-233 de la presente pieza, mediante el cual se establece que el penado SERRANO ESCOBAR ROBERT JESUS, titular de la cedula de identidad Nº V-6.282.103, cumpliría su pena corporal en fecha 22-06-2002, y por cuanto se observa a los folios 238-239, decisión emanada de este Juzgado de fecha 10 de Abril de 2000, mediante la cual se le acordó al ut supra mencionado la medida alternativa de cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL por el tiempo que le faltaba por cumplir, y por cuanto hasta la presente fecha se evidencia el cumplimiento de la condena por parte del penado de autos, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del código penal le EXTINGUE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA Y EN CONSECUENCIA OTORGA LA LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano. Ahora bien este tribunal en uso de sus atribuciones legales acuerda oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, así como al Departamento de Consultaría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a fin que el ut supra sea excluido del sistema computarizado de dichos organismos como ciudadano requerido por la justicia; a tales efectos se ordena la remisión del presente expediente a la división de archivo judicial, a los fines de su archivo y cuido. CÚMPLASE.
EL JUEZ,
Dr. NICOL CATALANO CAMPISI.
EL SECRETARIO,
Abg. ROBINSON VÁSQUEZ.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.
EL SECRETARIO,
Abg. ROBINSON VÁSQUEZ.
NCC/Jesús
Exp. 5E-841-99