REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 29 de Febrero de 2008
197° y 148°
Visto el resuelto ministerial Nº 641 en fecha 12 de Junio de 1.999 cursante al folio 133 de la presente pieza del expediente, mediante la cual se le concede al penado ROSALES BOADA MARLYN SUAIR titular de la cedula de identidad Nº V-17.962.584, la medida alternativa de cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL, y por cuanto se observa a los folios 135-137 Informe de Finalización expedido por la Lic. MIGDALIA LUNAR. En su condición de Coordinadora de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 07, y por la Delegado de Prueba Abg. THAIS MARRERO G, en la cual se evidencia el cumplimiento de la condena por parte del penado de autos, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del código penal le EXTINGUE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA Y EN CONSECUENCIA OTORGA LA LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano. Ahora bien este tribunal en uso de sus atribuciones legales acuerda oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, así como al Departamento de Consultaría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a fin que el ut supra sea excluido del sistema computarizado de dichos organismos como ciudadano requerido por la justicia; a tales efectos se ordena la remisión del presente expediente a la división de archivo judicial, a los fines de su archivo y cuido. CÚMPLASE.
EL JUEZ,
Dr. NICOL CATALANO CAMPISI.
EL SECRETARIO,
Abg. ROBINSON VÁSQUEZ.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.
EL SECRETARIO,
Abg. ROBINSON VÁSQUEZ.
NCC/Jesús
Exp. 5E-615-99