JUZGADO CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

197° y 148°

ACTA DE AUDIENCIA


En el día de hoy, lunes once (11) de febrero de 2008, siendo las 03:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la AUDIENCIA DE PARTE en el presente asunto, se anunció dicho acto a las puertas de la Sala de Espera del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Seguidamente, el Juez declaró iniciada la audiencia solicitando al ciudadano Secretario que informara sobre el motivo de dicho acto, quien manifestó a viva voz que el mismo se encuentra circunscrito al recurso de apelación interpuesto por el abogado Nergan Pérez, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 07 de noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por el ciudadano Edgar Rafael Marrufo Amaya contra el Instituto Universitario de Tecnología “Antonio José de Sucre“ y el ciudadano Raúl Ramón Quero Silva, partes identificadas a los autos. Solicitó igualmente el Juez al Secretario, informara sobre la comparecencia de las partes ante lo cual señaló que, anunciado como fue el acto en la Sala de espera destinada a las audiencias fijadas para el día de hoy compareció el abogado Tirso Coraspe, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 29.295, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora. Asimismo compareció el abogado Nergan Pérez, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 58.697, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada. Las partes de manera conjuntan exponen al tribunal que han llegado a una transacción sobre todos los conceptos demandados en este juicio que estaban condenados en la sentencia de la primera instancia en la cantidad de Bs. 25.000.000,00, y en razón de la transacción convinieron en la cantidad de Bs. 20.0000.000,00 que serán pagados a dos partes iguales, la primera de ellas al décimo quinto día de esta fecha y la segunda parte al trigésimo día de esta fecha. El tribunal oída la exposición de las partes y considerando que con el monto de la transacción (Bs. 20.000.000,00, ajustados a la moneda de curso legal, resultando Bs. 20.000,00) no se desconocen los derechos del trabajador sino que representan las mutuas concesiones que se otorgan uno a otro, y visto que los abogados se encuentran facultados para la presente actuación, imparte la Homologación a la transacción celebrada por las partes, da por terminado el presente juicio y por cuanto la transacción involucra pagos parciales, se ordena remitir el expediente al Tribunal de la primera instancia, debiendo las partes consignar por ante la URDD la demostración o manifestación del pago de lo acordado, a los efectos de que el tribunal de la primera instancia ordene el archivo del expediente. Se deja expresa constancia que la presente audiencia es reproducida en forma audiovisual por el técnico adscrito al Departamento de Audiovisual. Por razones de seguridad, la cinta que contiene la reproducción del presente acto de audiencia oral, se deja en custodia del archivo audiovisual, departamento que deberá colocarla en un sobre precintado e identificando el casete con el número del expediente y el nombre de las partes. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ

JUAN GARCIA VARA
EL SECRETARIO

OSCAR ROJAS

APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA

APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE DEMANDADA
Asunto: AP21-R-2007-001792