REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal de Quinto de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de febrero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ASUNTO: AP21-L-2006-003614
Vistos el escrito contentivo de las pruebas promovidas por las partes, en la presente causa, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto de las mismas, en los siguientes términos:
I.-
Pruebas de la Accionante
Contenidas en escrito presentado el día diez (10) de octubre de dos mil siete (2007), en la oportunidad de la Audiencia Preliminar, por el apoderado judicial de la parte actora, promovido en el siguiente orden:
Capitulo I.-
Documentales.-
En lo atinente a las documentales que corren insertas de los folios N° cincuenta y cuatro (54) al doscientos diez (210) del presente expediente, este Tribunal ADMITE las mismas salvo su apreciación en sentencia definitiva. Así se decide.-
En lo relacionado con las documentales que corren insertas de los folios N° doscientos once (211) al doscientos veintiocho (228) del presente expediente, denominada “Convención Colectiva de Trabajo del Banco Industrial 2004-2006”, este tribunal considera la contratación colectiva como ley material por lo que no es sujeto de prueba en base al principio por el cual el juez conoce el derecho. Así se decide.-
Capitulo III.-
Exhibición de Documentos.-
En relación a la exhibición de la documentales correspondientes a Originales de
1.- Recibos de pagos de julio a diciembre de 1998, de enero a diciembre de 1999, de enero a diciembre de 2000, de enero a diciembre de 2001, de enero a diciembre de 2002, de enero a diciembre de 2003, de enero a diciembre 2004, de enero a abril de 2005,
2.- Original de memorando interno Nro. 128 de fecha 09 /09/05, mediante el cual se notifica al Área de Recursos Humanos lo relativo al inicio del disfrute de vacaciones por parte de nuestro mandante, suspendidas en su oportunidad y correspondientes a los períodos 2001/2002 y 2002/2003, a partir del 14/02/2005.
3.- Original de comunicación enviada por el actor en fecha 14/04/2005, a la Vicepresidencia de Recursos Humanos del ente accionado, mediante la cual manifiesta su voluntad de acogerse a la prenombrada cláusula 46 de la Convención Colectiva.
Este Tribunal, ADMITE la solicitud de exhibición de los documentos anteriormente descritos por la parte demandante y ordena a la demandada que exhiba los mismos en la oportunidad de la Audiencia de Juicio correspondiente, la cual será fijada por auto separado dicha solicitud cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación la sentencia definitiva. Así se decide.-
II.-
Pruebas de la Parte Accionada.-
Por lo que respecta a la parte accionada, este Juzgado no tiene materia sobre la cual pronunciarse en este acto, por cuanto la parte demandada no consignó escrito de promoción de pruebas, según consta en Acta levantada en fecha 10 de octubre de 2007, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de este Circuito Judicial del Trabajo, en la oportunidad de la celebración de la Audiencia Preliminar, la cual corre inserta al folio 49 del expediente correspondiente al presente asunto.

IV.-
De la Audiencia de Juicio
El Juez asimismo, informa a las partes que la incomparecencia a la Audiencia de Juicio en dicha oportunidad acarreará las consecuencias legales e igualmente se insta a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a la utilización de los medios alternativos de resolución de conflictos. Así se decide.
El Juez

El Secretario

Abg. Oswaldo Rafael Farrera Cordido


Abg. Dayana Díaz

OFC/DD/RV.-