REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo (7°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de febrero de dos mil ocho (2008)
197º y 149º

ASUNTO: AP21-S-2008-000188
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha quince (15) de febrero de 2008, por los ciudadanos MARIA WALESKA GARAGORRY, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 68.221, en su carácter de apoderada judicial de la parte OFERENTE y DOMINGO ALFONSO VILLA, asistido en este acto por RAMON CHACIN, Abogado, inscrito bajo el No. 112.366, la parte OFERIDA, plenamente identificadas en autos, con ocasión al juicio por OFERTA REAL DE PAGO, instaurado por ATUENDOS SEPHORA, C.A a favor del ciudadano DOMINGO ALFONSO VILLA, por un monto de UN MIL TREINTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (BF. 1.038,33), este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a las referida profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente.-



El Juez

El Secretario

Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar


Abg. Sara Delgado