REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribunal 15° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Quince (15) de Febrero de dos mil Ocho (2008)
197º y 148º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-000052.
PARTE ACTORA: HENRY JOSE GODOY BRACAMONTE.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD CENTURION 100 C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JUSTO DE JESUS DELGADO FLORES.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES .

En el día hábil de hoy Quince (15) de Febrero de dos mil ocho (2008), siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de el ciudadano JUSTO DE JESUS DELGADO FLORES inpreabogado N° 89.521 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada el cual consigna poder de representación en copia simple previa certificación de su original constante de dos (2) folios, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198 ° y 149 °.


El Juez

La Secretaria

Abog. Eduardo Nuñez
Keyu Abreu


APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA