REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de febrero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-001393
PARTE ACTORA: JACINTO JOSE BELLO RODRIGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN NETO, JOSETTE GOMEZ Y OTROS.-
PARTE DEMANDADA: CAFE LA HACIENDA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COSNTITUYO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy 28 de febrero de 2008, siendo las 09:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Ejecución Forzosa de la sentencia, se deja constancia de que se encuentra presente la parte actora ciudadano: BELLO RODRIGUEZ JACINTO JOSE, titular de la cédula de identidad N° V-3.549.222, y la abogada, JOSETTE GOMEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 117.564, apoderada judicial de la parte actora, según se desprende de poder que corre inserto al expediente, quienes toman la palabra y exponen “por motivos de incapacidad logística y los fines de fijar una mejor estrategia para la practica de la ejecución solicitamos al tribunal se difiera el acto fijado para el día de hoy a una nueva oportunidad la cual solicitaremos mediante diligencia o escrito ”. Visto lo anterior el tribunal acuerda conforme el diferimiento del acto y la nueva oportunidad será fijada mediante auto separado previa solicitud de parte. Se terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Titular
Abog. Aníbal F. Abreu Portillo
La Secretaria
Abog. Ibraisa Plasencia.
El actor y su apoderado judicial: