Vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana MAIGUALIDA COROMOTO HIDALGO BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.417.714, actuando en nombre y representación de su hijo SSSSSSSSSSSS, de nueve (09) años de edad, quien se encuentra debidamente asistida por MIRIAM VIVAS, en su condición de Defensora Pública Cuarta de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, visto lo alegado por la solicitante en cuanto a que en la partida de nacimiento expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Campo Elías, Municipio Juan Vicente Campo Elías, Estado Trujillo, en el acta Nº 89, año 1998, se incurrió e un error material al transcribir el número de cédula de identidad de la progenitora del niño como “13.391.566”, siendo lo correcto “25.417.714” consignando la accionante como prueba de lo alegado, copia fotostática del acta de nacimiento del niño de marras, copia fotostática de la comunicación N° 01-0301, de fecha 04/10/2006, emitida por la Dirección Nacional de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), copia fotostática de su cédula de identidad y copia fotostática de su partida de nacimiento.