Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Caracas veintidós de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-001102.
Recibido de la Unidad de Recepción de Documentos (URDD) se le da entrada y se anota en el libro respectivo. Asimismo, visto el Convenio de Modificación de Responsabilidad de Crianza, presentado para su homologación por Leffy Ruiz Medina, en su carácter de Fiscal Centésima Segunda (P) del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de protección del niño, el Adolescente y la familia del Área Metropolitana de Caracas, a solicitud de los ciudadanos JOSE OLINTO ROA y SAIDE RAMIREZ LOPEZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad No. V.- 11.943.459 y V-9.223.668 respectivamente, en interés de la niña XXX y los adolescentes XXX, de diez (10), trece (13) y doce (12) años de edad respectivamente, este Tribunal le da entrada y lo ADMITE, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres, y a ninguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia esta Sala de Juicio N° 12 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho convenimiento en cada una de sus partes, le imparte su aprobación en los mismos términos expuestos, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el articulo 358 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por secretaría las copias certificadas que se requieran. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.
La Juez
Sara E Guardia Soto. La Secretaria
mr Adriana Mireles.
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