Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Caracas veintiséis de febrero de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-001194.

Vista la aceptación al cargo de Curador Ad-Hoc hecha por la ciudadana YAZMIN OSMANY DIAZ SILVA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-20.095.498, esta Sala de Juicio XII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le concede la Ley, acuerda en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona de la ciudadana YAZMIN OSMANY DIAZ SILVA, antes identificada, el Cargo de CURADOR AD-HOC, del niño XXX de diez (10) años de edad.- Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente sentencia con inserción del acta que antecede y del escrito de la solicitud, una vez que consignen los fotostatos correspondientes; a los fines de que surta sus efectos legales.- Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ,


ABG. SARA E. GUARDIA SOTO.
La Secretaria,


Abg. Adriana Mireles