Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas siete de febrero de dos mil ocho.
197º y 148º

ASUNTO: AH51-X-2007-000749.


Visto el convenimiento suscrito por la ciudadana MARIA VANDA MENDES DE CAIRES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-14.494.505, en el cuaderno principal de Divorcio signado con el No. AP51-V-2006-014937, en fecha 05 de diciembre del 2.007, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente en virtud de que se encuentran llenos lo extremos previstos en la ley, y por cuanto el referido convenio no es contrario al interés superior de la niña XXX, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda HOMOLOGAR dicho convenio en los mismos términos y condiciones expuestos por las partes, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Igualmente, se acuerda expedir por secretaria copias certificadas del acta de convenimiento y de la presente sentencia, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez
Sara Guardia Soto
La Secretaria
Adriana Mireles.