REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, de febrero de 2008. -
197º y 148º
Visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos consignados, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a la firma mercantil “NESTLE DE VENEZUELA, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20-11-87, bajo el Nº 17, Tomo 52-A-PRO., en la persona de cualesquiera de sus representantes legales, ciudadanos JACQUELINE MOREAU AYMARD, LUIS GONZALO MONTEVERDE, JESUS ESCUDERO ESTEVES o ANDRES CHUMACEIRO, titulares de las cédulas de identidad Nros: 6.919.949, 11.734.571, 4.082.984, 10.805.981 y 13.004.464, respectivamente, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación, para que dé contestación a la demanda incoada en contra de su representada por el ciudadano , por INFRACCION DE DERECHO MARCARIO Y DAÑOS Y PERJUICIOS, dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 eiusdem y entréguese la misma al alguacil para que practique la citación ordenada, previo suministro de los fotostátos respectivos mediante diligencia. Ofíciese al Juzgado Décimo Octavo de Municipio de esta Circunscripción Judicial, solicitando la remisión del expediente contentivo del procedimiento instructorio anticipado distinguido con el Nº AP31-S-2007-001951.
La Juez,
Dra. María Rosa Martínez Catalán
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Exp. Nº 45234