REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO




República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, veintiocho (28) de Febrero de Dos Mil Ocho (2008)
Años: 197º y 149º

Vista la solicitud de Título Supletorio que encabeza las presentes actuaciones, así como la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de Terceros de Igual o Mejor Derecho, declara las presentes actuaciones Título Supletorio suficiente ciudadano Julián Antonio Escalona Cañizalez, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 2.915.395, sobre una bienechuria sobre un terreno, ubicada en el sector 70 barrio Santa Ana, casa s/n, Parroquia Antímano, Municipio Libertador, Distrito Capital, la cual se encuentra alinderada así: NORTE: Con casa que es o fue de la familia Escalona; SUR: Con casa que es o fue de la familia Escalona; OESTE: Con bodega “El Milagro”; ESTE: Con casa que es o fue de la familia Escalona. Dicha bienechurias consiste en una construcción de aproximadamente doscientos (200) metros de largo por doscientos metros (200) de ancho, la cual posee: Diez (10) habitaciones, tres (3) baños, una (1) sala, una (1) cocina, tres (3) lavanderos y dos (2) porches. Tiene pared de bloques, pisos de cemento, techo de platabanda, también consta de servicios e instalaciones eléctricas, aguas blancas y servidas Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y certificación que deberá quedar en el Archivo. Elabórese la copia certificada mediante el procedimiento de fotostatos establecido en los artículos 111 y 112, ambos del Código de Procedimiento Civil, la cual deberá ser suscrita en todas y cada una de sus partes tanto por la Secretaria como por el Funcionario adscrito a este Despacho, ciudadano John V. Ferrer Padrón, titular de la cédula de identidad No. V-11.934.016.- Cúmplase.-
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte
La Secretaria Accidental,


Abog. Lisbeth E. Rodríguez González
En esta misma fecha, se hizo entrega del presente expediente, dejándose copia del mismo en el archivo de este Juzgado.-
La Secretaria Accidental,


Abog. Lisbeth E. Rodríguez González

CSD/LER john
EXP: No.S-08-0174.-