REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Siete (07) de Febrero de Dos Mil Ocho (2008)
Años: 197º y 148º
Vista la solicitud que antecede, presentada por los ciudadanos Diego Bautista Felipe Urbaneja Arroyo y Haydee Josefina Farias Martínez, Cónyuges, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos V-3.177.301 y V-2.942.874, respectivamente, asistidos por la Dra. Gloria Martínez de Bolívar, abogada en ejercicio inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 9.027. Fundamentando su solicitud en el artículo 185-A del Código Civil, Désele entrada y anótese en los libros respectivos, revisada la misma se Admite cuanto lugar en derecho. Líbrese Boleta al Fiscal del Ministerio Público para que comparezca ante este Tribunal dentro del lapso de diez (10) días contados a partir de su notificación, a fin de que de su opinión con relación al Divorcio solicitado, anexándosele copia certificada de la solicitud a la boleta de notificación.-Líbrese boleta de notificación y copias certificadas, estas últimas, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para su elaboración.- Por cuanto las copias certificadas ordenadas se elaborarán por el procedimiento de fotostatos, se Autoriza al efecto al ciudadano Yurman Alberto Palma Ayestarán, asistente de Tribunal adscrito a esta Dependencia Judicial, quien las Suscribirá en todas y cada una de las partes conjuntamente con el secretario.-
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte
La Secretaria Acc.,

Abg. Lisbeth E. Rodríguez.

En esta misma fecha se insta a los solicitantes a que consignen los fotostatos requeridos para dar cumplimiento a lo ordenado

La Secretaria Acc.,

Abg. Lisbeth E. Rodríguez.

CSD /LER/yurman.-
Exp.: S-08-0053.-