REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 29 de febrero de 2008
197° y 149°
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÒN
SOLICITANTE: TEOBALDO JUNIOR PORTILLO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.318.513.
ABOGADO ASISTENTE: EDDA ADRIANA ARCAYA POTELLA, abogada en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 87.121.
I
Por escrito presentado por el ciudadano TEOBALDO JUNIOR PORTILLO GONZALEZ, antes identificado, debidamente asistido por la abogada EDDA ADRIANA ARCAYA POTELLA, ante este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicitan a este Tribunal la rectificación del acta de defunción de su madre, ciudadana CLAUDIA JOSEFA GONZALEZ DE PORTILLO, inserta ante Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Federal, anotado bajo el N° 215, año 1987, de los Libros de Registro de Defunciones llevados por esa Jefatura, en virtud de que por error involuntario del funcionario a quien le correspondió transcribir la referida acta de defunción, incurrió en los siguientes errores: asentó que la cédula de identidad del de cujus es “V-10.151.107…”, siendo esto incorrecto, ya que lo correcto es “V-1.151.107”; asimismo indicó que era casada con “…TEOBALDO PORTILLO…”, siendo esto incorrecto, ya que lo correcto es “…MARTIN TEOBALDO PORTILLO…”; igualmente se colocó el nombre de su hermana como “…GINER…”, siendo lo correcto “…YINER SUSANA…”, tal como se evidencia de la documentación aportada a los autos.
II
Admitida la demanda en fecha veintisiete (27) de septiembre de 2005, se ordenó la notificación al fiscal. Así mismo se ordenó el emplazamiento de todas aquellas personas que se crean con interés directo o manifiesto a que comparecieran ante este Tribunal, dicho cartel de emplazamiento se ordenó publicar el los Diarios “Ultimas Noticias” de conformidad con lo establecido en el articulo 770 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha veintiocho (28) de noviembre de 2007, el ciudadano JOSE MENDEZA, en su condición de alguacil accidental de este Juzgado, practico la notificación al Fiscal Centésima Octava del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial.
En fecha veintiocho (28) de noviembre de 2007, la ciudadana ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, en su carácter de Fiscal Centésima Octava del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial manifestó no tener objeción que formular a la presente solicitud, por cuanto se han cumplido con todos los requisitos exigidos en la normativa legal vigente.
En fecha quince (15) de enero de 2008, la apoderada judicial de la parte solicitante consignó la publicación en el Diario Ultimas Noticias, a los fines de ley.
III
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN solicitada por los ciudadanos ALEX JOSE CARDENAS ARGUELLO, ELSA MARINA CARDENAS ARGUELLO y FRANKLIN PAUL CARDENAS MORENO, ya identificados y en tal sentido ordena que se rectifique el error mencionado en el término siguiente: Donde se lee “Deja 2 hijos, de nombres: ALEX JOSE y ELSA” deberá leerse “Deja 3 hijos, de nombres: ALEX JOSE, ELSA y PAUL DARIO (DIFUNTO)”, como real y legalmente corresponde.
Ofíciese lo conducente a los funcionarios civiles correspondientes, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 29 días del mes de febrero de dos mil ocho (2008). Años: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
LA JUEZ SUPLENTE,
ANA ELISA GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
DIANA MENDEZ MORELO
En la misma fecha se publicó y registro la anterior sentencia, siendo las 9:45 a.m. Se dejó copia autorizada.-
LA SECRETARIA,
Exp: 34.533
AEG/DMM/edward
Sentencia N° DECIMO-08-0126.-
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