REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 21 de febrero de 2008
197º y 148º
Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, que encabezan las presentes actuaciones, así como la Justificación promovida y evacuada como ha sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara las presentes actuaciones ÚNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES DE LA CAUSANTE HILDA MERIDA DEL ROSARIO DE RODRIGUEZ, quien era venezolana, mayor de edad, de estado civil viuda y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.106.832, a favor de los ciudadanos MANUEL HILARIO RODRIGUEZ DEL ROSARIO, JESUS RODRIGUEZ DEL ROSARIO, MARIA DE LOS REMEDIOS RODRIGUEZ DE OLIVIER Y MERIDA HILDA RODRIGUEZ DEL ROSARIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.955.007, V-7.951.572, V-4.884.471 Y V-4.884.472, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.
EL SECRETARIO,
JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.
EBG/JOG/Romy*
Exp. N° S.-6817