REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 27 de febrero de 2008
197° y 149°
Vista la apelación interpuesta en fecha veintiuno (21) de febrero de 2007, por el abogado MARIO TAVARES MARQUES, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por este Tribunal en fecha dieciocho (18) de febrero de 2008, asentada en el Cuaderno de Medidas del presente expediente, así como la solicitud de que le sean agregadas copias certificadas de los siguientes folios: del 01 al 09; 11 al 22; 33 al 36; 47 al 58; 60 al 66; 68; 69 y del 74 al 83, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil, oye la misma en un solo efecto. Asimismo se exhorta a la parte apelante a que consignen ante la Secretaria de este Juzgado las Copias fotostáticas concernientes, a los fines de que previa certificación sean remitidas junto al Cuaderno de Medidas. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-
JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-

EBG/JOG/Romy*.
Exp. Nº 25.228