REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 29 de febrero de 2.008
196° y 148°

Vista la solicitud de UNICO UNIVERSALES HEREDEROS, que encabezan las presentes actuaciones, así como la Justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros igual o mejor Derecho y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código Procedimiento Civil, DECLARA UNICO UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos RADA DE MORENO ISABEL CRISTINA, GERMAN FABIAN MORENO RADA, y RADA DE MORENO DANIELA ISABEL, venezolanos, domiciliados en la ciudad de Caracas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.349.795, V- 12.689.298, V-15.801.740, respectivamente devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y Archivo dejándose copia certificada de la misma en el Archivo de este Juzgado.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

EL SECRETARIO TITULAR,
Dra. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.
Abg. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.

Exp. Nº S-6816
EBG**JOG*or