REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Veintisiete (27) de febrero de dos mil ocho (2008), siendo las 09:00 de la mañana, se trasladó y constituyó la Abogado, NELA PASQUALI VESPA, Juez Provisorio Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas y la Secretaria, Abg. MARIELEN RODRIGUEZ R., en compañía de la parte actora y depositaria del inmueble designada por el Tribunal de la Causa, ciudadana, SILVIA ANTONIA TERESA CABRELLE PERINI, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°.V-4.083.503., así como de su apoderado judicial, abogado RUDYS PIÑANGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.33.869, sin auxiliares de justicia, a solicitud expresa de la parte actora, en la siguiente dirección: Un Apartamento distinguido con el N°44, ubicado en el piso 4, de la Torre B, del Edificio “RESIDENCIAS DON ARTURO”, situado en la Calle Loma Redonda de la Urbanización Manzanares, Jurisdicción del Municipio Baruta Distrito Sucre del Estado Miranda; a fin de dar cumplimiento a la medida de SECUESTRO, decretada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue SILVIA ANTONIA TERESA CABRELLE PERINI contra FRANCISCO JOSÉ MARTIN ABRANTE. Seguidamente el Tribunal procedió a dar los toques de ley a las puertas del inmueble, sin que persona alguna respondiera al llamado judicial, por lo que hubo de utilizarse los servicios de un Cerrajero y a solicitud del Apoderado Actor se designa al efecto al ciudadano VICENTE ROUTOLO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº.6.170.595, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley y entrando de inmediato en el ejercicio de sus funciones procedió a la apertura de las puertas del inmueble, permitiendo así el acceso del Tribunal al interior del mismo, pudiéndose constatar que se encontraba libre de bienes y personas. Acto seguido este Tribunal a solicitud de los Apoderados Actores y cumplimiento de su misión declara SECUESTRADO el siguiente bien inmueble: Un Apartamento distinguido con el N°44, ubicado en el piso 4, de la Torre B, del Edificio “RESIDENCIAS DON ARTURO”, situado en la Calle Loma Redonda de la Urbanización Manzanares, Jurisdicción del Municipio Baruta Distrito Sucre del Estado Miranda; y lo pone en posesión del depositario judicial designado por el Tribunal de la Causa, parte actora en el presente juicio, ciudadana SILVIA ANTONIA TERESA CABRELLE PERINI, antes identificada, quien expone: “Vista la designación de depositario judicial del inmueble recaída en mi persona, acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo; en consecuencia, recibo conforme el inmueble antes descrito libre de bienes y personas, joyas, dinero y títulos valores, es todo.” Este Juzgado ordena expedir copias certificadas del presente Despacho íntegro, a fin de que las mismas reposen en los archivos de este Tribunal para su debido control. Este Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, de conformidad a lo establecido en el Acuerdo de fecha 29-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Siendo las 10:00 de la mañana, se declara concluido el presente acto y se ordena el regreso a la sede de este Juzgado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO

ABG. NELA PASQUALI VESPA
EL APODERADO ACTOR
LA PARTE ACTORA Y DEPOSITARIA
DESIGNADA POR EL COMITENTE

EL CERRAJERO
LA SECRETARIA

ABG. MARIELEN RODRÍGUEZ