REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, doce (12) de Febrero del año dos mil ocho (2008), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Aurimar Flores Madera, de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada CARMEN LAURA ROMERO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 51.580, en la siguiente dirección: Unidad de Apoyo Legal adscrita a la Vice-presidencia de Recursos Humanos del Banco Industrial de Venezuela, situado en el piso 3 del Edificio Banco Industrial de Venezuela, ubicado en la Esquina de Traposos Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la medida de Embargo Preventivo sobre el cincuenta por ciento (50%) sobre las prestaciones sociales y cualquier otro beneficio que le pueda corresponder al demandado, decretada y ordenada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de ésa Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, sigue la ciudadana Yumaira Isabel Jiménez Reyes, contra Wilfredo José Díaz Andrade; expediente N° 43977.-Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal notificó de su misión a la ciudadana: ROSANNA CORDANO, identificada con la cédula de identidad N° 13.737.036 , en su carácter de Abogado Junior adscrita a Recursos Humanos del Banco Industrial de Venezuela, quien de seguidas expone: “Informo al Tribunal que el ciudadano WILFREDO JOSE DIAZ ANDRADE, prestó sus servicios en esta Institución hasta el 24 de enero del 2006, como Analista Contable II en el Departamento de Tesorería Nacional y hasta la fecha tiene acumulado por Prestaciones Sociales la cantidad de ( 38.520,94BF ) “.- Es Todo.- Acto seguido el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara Embargado Preventivamente el cincuenta por ciento (50%) sobre las prestaciones sociales, que le corresponden al demandado Wilfredo José Díaz Andrade, lo desposesiona jurídicamente, e instruye a la notificada a los fines de que el 50% de las Prestaciones embargadas sean bloqueadas hasta tanto sea solicitado por el Tribunal Comitente por embargo ejecutivo, da por terminado el acto siendo las 11:30 am.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TITULAR
LA NOTIFICADA
LA APODERADA ACTORA
LA SECRETARIA
EXP: 1809-07