REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, once (11) de febrero de dos mil ocho (2008)
Años 197° y 148°
Vista la diligencia fecha 07 de febrero de 2008, suscrita por la ciudadana ANA RAQUEL ROSRÍGUEZ C., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 25.421, apoderada judicial de la parte actora, en la cual se da por notificada de la sentencia proferida por este Tribunal en fecha 04 de octubre de 2007 e igualmente solicita se libre boleta de notificación a la parte demandada. Este Juzgado Superior observa que dicha solicitud no es contraria a derecho y en consecuencia ordena la elaboración de la correspondiente boleta a los fines de que se practique la notificación al demandado.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
VJGJ/RM/zov
EXP. N°. 9556
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, once (11) de febrero de dos mil ocho (2008).-
Años 197º y 148º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN SE HACE SABER:
A las SOCIEDADES MERCANTILES COMPLEJO TURÍSTICO BAHÍA DE GUAYACÁN, S.A., CLOUDS DE VENEZUELA, C.A. y al ciudadano HECTOR CAMPAGNA ASCANIO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.941.908, o al abogado ELIO ENRIQUE QUINTERO LEÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 47.255, parte demandada en el expediente signado con el N° 9556, nomenclatura de este tribunal contentivo del juicio por COBRO DE BOLÍVARES incoado en su contra por BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL; que por auto de esta misma fecha se acordó su notificación en virtud de la sentencia recaída en el presente juicio en fecha cuatro (04) de octubre de dos mil siete (2007).
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.- Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.
VGJ/zov
Exp. 9556