REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 27 de febrero de 2008
Años 197° y 148°

Vista la diligencia de fecha 26 de febrero de 2008, suscrita por el ciudadano DANIEL SOTO VILERA, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 97.589, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se libre cartel de notificación a la parte demandada, este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, se ordena librar cartel de notificación a la ciudadana Felicitas Fuenmayor de Torrealba, y/o a su apoderado judicial ciudadano Ángel Eduardo Yanez Pereira, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el No. 13.695, el cual deberá ser publicado en el diario “Ultimas Noticias”, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Librese cartel.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata





VJGJ/RM/JENNY
EXP. N° 9637


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 27 de febrero de 2008
Años 197° y 148°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN SE HACE SABER:

A la ciudadana FELICITAS FUENMAYOR DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cedula de identidad Nro. V- 3.967.754, y/o a su apoderado judicial ciudadano ANGEL EDUARDO YANEZ PEREIRA, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 13.695, que este Juzgado en fecha 19 de diciembre de 2007, dictó sentencia en el juicio que por acción de DESALOJO incoara la ciudadana ARISA DEL VALLE MEJIAS GUEVARA, en su contra .-
El presente cartel deberá ser publicado en el diario “ULTIMAS NOTICIAS”, y una vez conste en autos la publicación y consignación del mismo, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) de despacho para darse por notificado y vencido este transcurrirá el lapso para ejercer los recursos pertinentes. Cartel que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Dios y Federación
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES