JUZGADO DECIMOQUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, Once (11) de Febrero de dos mil Cinco.-

197° y 148°

Visto el anterior asunto y los documentos que la acompañan proveniente del Juzgado Distribuidor de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la admisión o no de la misma, observa que la de la presente demanda asciende a la suma de DIECIOCHO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F 18.000,00), suma esta mayor a la atribuida a la competencia de los Juzgados de Municipio, fundamentada en el hecho que según resolución N° 2006-0038 de fecha 14-06-2006, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, corresponderá conocer a los Tribunales de Primera Instancia las causas cuya cuantía sea superior a 2.999 unidades Tributarias; sin embargo, la pre-indicada Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en circular de fecha 15-03-2007, estableció que quedan excluidas de la Resolución N° 2006.00038 de fecha 14-06-2006, que fuera diferida mediante Resolución N° 2006.00055, en razón de la cuantía, las causas que tengan procedimientos especiales previstos, rigiéndose estas por las normas y regulaciones vigentes; en tal sentido observa este Juzgador que la presente causa tiene un procedimiento especial previsto en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios lo que la excluye del ámbito de aplicación de dicha resolución y que se rija por las normas y regulaciones vigentes, es decir, por la Resolución N° 619 de fecha 30/01/1996, emanada del extinguido Consejo de la Judicatura que modificó la competencia de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, estableciendo que estos conocerán de las causas que tengan cuantía a partir de Cinco Millones Un Bolívar (Bs. 5.000.000,00), por tal razón este Tribunal se declara incompetente para conocer de la presente causa en razón de la cuantía y declina la competencia en un Tribunal de Primera Instancia de esta misma Circunscripción Judicial, a tales efectos se ordena remitir el presente expediente junto con oficio al Juzgador Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial.
EL JUEZ


RENAN JOSE GONZALEZ

EL SECRETARIO


RONMY j. SALIMEY m.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO

EXP N° AP31-V-2007-000166