REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Cuarto (34°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de febrero de 2008
197º y 148º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2007-001749
PARTE ACTORA: Juan Carlos Castellano Araujo, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro. 6.864.924.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Nora Ysturiz, abogado en ejercicio inscrita en el IPSA bajo el Nro. 21.749.
PARTE DEMANDADA: BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Lisbeth Josefina Borrego Castillo abogado inscrita en el IPSA bajo el Nro. 59.143..
MOTIVO: Persistencia en el despído.

Hoy, 20 de febrero de 2008, siendo las 11:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia conciliatoria, comparecieron a la misma los ciudadanos Nora Ysturiz y Lisbeth Borrego Castillo, en su carácter de representantes judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente ambas arriba identificadas, dándose así inicio al acto, con la intervención de la representación de la parte actora, quien manifiesta su aceptación de la suma ofrecida, con lo cual solicita se autorice para retirar la misma. Acto seguido la representación de la parte demandada ratifica su petición respecto a un pronunciamiento de este despacho sobre el DESISTIMIENTO manifestado por la parte actora, en este estado, quien decide, visto lo expuesto por la parte actora respecto a la aceptación de la suma ofrecida, y en cuenta asimismo del DESISTIMIENTO propuesto por ésta en diligencia de fecha 10-01-2008, LO HOMOLOGA, dándole efecto de la cosa Juzgada con lo cual se da por terminado el presente proceso, no sin antes autorizar al ciudadano Juan Carlos Castellano Araujo titular de la cédula de identidad Nro. 6.864.924 o en su defecto a su apoderado judicial Nora Ysturiz, IPSA Nro. 21.749, a retirar la libreta de ahorro aperturada a favor del ciudadano antes identificado, para lo cual se ordena librar el oficio a la unidad correspondiente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman:

El Juez

Abog. Ruth Pernia

La secretaria

Abog. Gloria Medina
Los presentes